lunes, 26 de diciembre de 2011

Colombia Cogobierno


¿Se puede gobernar?

Por: Luis Carvajal Basto

La decisión de la Corte Constitucional, que deja sin efecto la licitación para la recolección de basuras en Bogotá, pone sobre la mesa el debate sobre el cogobierno de los jueces.

Reviviendo una controversia que mereció un fallo de la misma corte, con ponencia del entonces magistrado Vladimiro Naranjo, según el cual los jueces deben consultar la realidad para no incurrir en cogobierno, la Corte decidió que la licitación no se ajusta a la Constitución, generando que, de hecho, se deba prorrogar nuevamente el contrato millonario con los actuales prestatarios del servicio de recolección de basuras. Si eso no es cogobierno, debemos decir que, en la práctica, se parece mucho.
En el pasado, atendiendo criterios similares, muchos miembros del ejecutivo, por toda la geografía nacional, fueron sancionados por no cumplir el mandato de los jueces en circunstancias en que resultaba económica o físicamente imposible hacerlo. Pareciera que veinte años de vigencia de nuestra Constitución no han sido suficientes para los ajustes que supone una carta garantista inspirada en las Constituciones europeas. En situaciones excepcionales se nota más el efecto de los contrapesos del sistema político, siendo este un asunto propio de las democracias en todas partes.
Precisamente a esta cuestión se ha referido recientemente Francis Fukuyama, un teórico contemporáneo que lidia con el tema de la democracia en plena globalización, quien ha recordado que “Un bien diseñado sistema político democrático debe atenuar el desacuerdo social subyacente y permitir a la sociedad llegar a un consenso sobre cuestiones importantes. Hay un montón de pruebas, sin embargo,  de que el sistema político de EE.UU. hace exactamente lo contrario: En realidad, aumenta y agrava los conflictos subyacentes, y  hace la toma de decisiones consensuadas más difícil”. Cualquier coincidencia, con lo que ocurre en Colombia, es puro parecido. Añade Fukuyama, que “Las razones están profundamente arraigadas en la Constitución. Los estadounidenses con razón se enorgullecen de su sistema de frenos y contrapesos, que se adaptaron deliberadamente para limitar el poder del gobierno central. A pesar de la aparición de un poder ejecutivo fuerte implícita en un sistema presidencial, hay muy pocos temas en los que un presidente estadounidense puede actuar por su propia autoridad. El Presidente debe compartir el poder con dos cámaras del Congreso, el poder judicial y una estructura de varios niveles del gobierno estatal y local”.
Estas reflexiones nos llevan a pensar que las razones de nuestros “desajustes” tienen que ver con el paso de una Constitución excesivamente presidencialista a una marcadamente participativa y garantista en que los derechos ciudadanos deben tener preeminencia, sin olvidar que la supervivencia de ellos depende de que el ejecutivo, quien los hace efectivos en últimas, pueda funcionar.
En Colombia la Constitución ha debido adaptarse, a veces inerme, al embate excepcional de narcotráfico y  violencia, mientras que para muchos es como si el país se hubiera detenido en 1991, el cual, en realidad, fue el momento en que esos factores de distorsión apenas mostraban su rostro. Después, hemos visto desfilar por las cárceles autoridades que no cumplen fallos de tutela y para nadie es un secreto, aunque poco se hable de ello, que muchos presupuestos municipales y departamentales, se repartieron entre los actores del conflicto y las mafias , desvirtuando, en la práctica, los preceptos Constitucionales de descentralización y participación, quedando la sensación de que las normas habitan una esfera diferente a la del país de carne y hueso, en que otras “normas” y “justicia” se aplicaban, sin que nuestro sistema judicial se diera por notificado.
La intransigencia de sectores de la rama judicial a identificar  nuevas realidades, se expresa nuevamente con la resistencia al cambio que supone la necesaria reforma a la Justicia que se debate en el congreso. La congestión judicial hace tambalear al sistema político y ello, por si solo, amerita medidas  e interpretaciones menos exegéticas de nuestras normas. De menor importancia, por ahora, es el debate sobre unos privilegios difíciles de explicar, sostener y mantener, así como la inocultable politización de una rama judicial que parece renuente a transar en el escenario natural en  democracia, que es el propio Congreso, dando cuando menos , mal ejemplo y sentando un precedente difícil de explicar.
En medio de entornos como el nuestro nadie puede asumir que los gobiernos deban cumplir bien su función con pecado y sin género, mientras  para sectores de la rama judicial nada, que justifique una reforma, ocurre. Algunos vetos reiterados parecen cogobierno ¿A quién conviene, en estas circunstancias, tal inmovilismo? No parece un problema de  teoría del Estado ni del sistema de contrapesos sino uno acerca de la preeminencia del interés general sobre el particular, consensos, tiempos, eficiencia y sentido común.

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